Debido al gran esfuerzo personal de un grupo social comprometido con la libertad en España, solicitamos divulguen esta información durante los quince primeros días de septiembre para que ningún padre de la Comunidad Valenciana se quede sin saber que la ley le ampara para que sus hijos puedan estudiar en español sin ningún tipo de discriminación.

Debido al gran esfuerzo personal de un grupo social comprometido con la libertad en España, solicitamos divulguen esta información durante los quince primeros días de septiembre para que ningún padre de la Comunidad Valenciana se quede sin saber que la ley le ampara para que sus hijos puedan estudiar en español sin ningún tipo de discriminación.

Plazo máximo de entrega de la instancia: Quince primeros días del curso escolar.

Artículo 6, apartado 2 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana (2006), que asegura que el idioma valenciano es el oficial en la Comunitat Valenciana, igual que lo es el castellano, que es el idioma oficial del estado.

Artículo 20 de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre de Uso y Enseñanza del Valenciano, que dice que la administración tomará las medidas necesarias para impedir la discriminación de los alumnos por razón de la lengua que les sea habitual.

Resolución de 21 de julio de 1997 de la Secretaría General y de las direcciones generales de Centros Docentes, de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística, y de Personal, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y el funcionamiento de los colegios de Educación Infantil y Primaria que prevé en el punto 3.1.2. la posibilidad de que los padres o tutores que deseen que el alumno reciba un tratamiento lingüístico diferente al que el centro aplica según su diseño particular, así lo soliciten.

Amparándonos en la resolución favorable de la Generalidad Valenciana sobre el Caso Natalia Santacreu del pasado curso, informamos que todos los padres que quieran que sus hijos puedan tener los libros y el material didáctico en español y no se vean discriminados por la utilización del español en los colegios, deberán redactar una “Instancia de Solicitud” indicando que solicitan “tratamiento lingüístico diferenciado en castellano”.

La instancia se deberá presentar por duplicado en la secretaría del centro del colegio en los quince primeros días del curso escolar. Deberán guardar una copia sellada. No esperen contestación, la presentación de la instancia ya valida el derecho a poder estudiar todas las asignaturas en castellano.

Ejemplo de instancia:

http://www.masby.net/imagen/instancia.pdf

Cualquier incidencia o información respecto a este tema, podrán dirigir un correo a

informacion@masby.net

Mas información

http://www.masby.net/estudiar-en-espanol.html

Aunque entendemos que todo esto es un trato discriminatorio y vejatorio por tratar de solicitar permiso para utilizar el español en España, no dejamos de reconocer que es un pequeño avance dentro de la irracionalidad autonómica que vive España.

Les agradezco toda divulgación y colaboración en este pequeño paso por reencontrar la racionalidad en España

Juan Vte. Santacreu

Coordinador Proyecto Masby – España